Los problemas de la deslocalización de las empresas no está en la agenda del Gobierno

Algunos conductores extranjeros que hacen cabotaje por la UE pueden estar semanas sin pisar su país.

Una importante cantidad de empresas de transporte internacional, de gran tamaño y Pymes llevan años sufriendo los efectos de la deslocalización de sociedades españolas que se radican en países con grandes ventajas comparativas en los salarios y las coberturas sociales. La mayoría de estas empresas son las denominadas empresas buzón, pues no cuentan con una organización empresarial al uso, ya que siguen siendo de propiedad española, y se limitan a recibir los encargos y organizar pagos y cobros desde una gestoría o una simple oficina. El resto de la estructura es la de la empresa española en la que, por cierto, se despide a los conductores para aprovecharse de los extranjeros.

La situación también lleva aparejado como consecuencia un grave perjuicio a las arcas públicas españolas por la no tributación de sus actividades en nuestro país, así como la indeseable destrucción de empleo que tal actuación abusiva genera.

En este sentido, el pasado 27 de abril, el Consejo de Ministros aprobó el Decreto Ley 7/2021 por el que se actualiza la Ley española sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional, en trasposición de una Directiva europea aprobada en 2018.

Según denuncia la asociación de transportistas Fenadismer, a pesar de que este Decreto Ley permite un mejor control de los trabajadores de empresas extranjeras que operan en España, no es de aplicación al sector del transporte por carretera, debido a que por sus especiales características debe ser objeto de una regulación específica para los casos antes comentados y que, precisamente, fue incluida en el nuevo Paquete de Movilidad europeo aprobado el pasado mes de Julio y que el Gobierno español debe también trasponer al ordenamiento interno.

Como recuerda Fenadismer, la nueva regulación recogida en el Paquete de Movilidad persigue luchar contra la competencia desleal que ejercen las empresas situadas preferentemente en los países del Este de Europa, que vienen trabajando hasta ahora con total impunidad al amparo del mercado único europeo de transporte, ocasionando un gravísimo daño a las empresas transportistas españolas. Por ello es necesario que el Gobierno español apruebe dicha regulación, la cual debería estar en vigor como fecha límite antes febrero de 2022.

A juicio de Fenadismer, una vez que se apruebe una regulación que incluya estos casos de deslocalización se podrá “luchar mejor contra las denominadas empresas buzón y la competencia realizada por empresas de transporte sujetas a condiciones salariales más ventajosas”. La nueva norma debería exigir que los conductores de transporte internacional (incluidas las operaciones de cabotaje) perciban el salario mínimo del país en el que el transporte es efectuado.

Por esta razón, Fenadismer ha solicitado formalmente al Ministerio de Trabajo que inicie a la mayor brevedad la tramitación de la modificación legal de la actual regulación sobre desplazamientos de trabajadores en el sector del transporte, para que exija que los conductores de transporte internacional comuniquen previamente su desplazamiento al país de acogida, garantizando sus empresas que perciben el salario mínimo del país en el que el transporte es efectuado.

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